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Corregir la distorsión tarifaria en el roaming automático nacional

Requiere leyRequiere debate

Un megáfono

/ Economía / Telecomunicaciones

Publicada el Actualizada el

Permitir que los operadores negocien libremente entre ellos, y que las diferencias sean zanjadas por por árbitros elegidos de común acuerdo.

1. El problema

La Ley de Roaming Nacional promulgada en 2020 señala que un reglamento “regulará las normas y plazos a que se ajustará el conjunto de condiciones técnicas, económicas, operativas, comerciales y otras que deberán contener las ofertas de facilidades y los respectivos contratos, conforme a los criterios y principios señalados en el inciso primero, así como sus posibles destinatarios, debiendo estas ofertas estar sujetas a la aprobación de la Subsecretaría”. Esto implica que las tarifas no pueden ser libremente fijadas por los operadores para efectos de cobros de uso de su infraestructura.

Esta incertidumbre ocasiona dos consecuencias indeseables.

La primera es que los operadores que sí poseen infraestructura en un lugar determinado demandado por un competidor tiende a ofrecerle servicio de peor calidad (3G por ejemplo), degradando la calidad de servicio para los clientes de dicho competidor. Aun cuando el competidor posiblemente sí estaría dispuesto a pagar lo que el dueño de la infraestructura cobraría para ofrecer mejor servicio a sus clientes (lo que en muchos casos puede ser más económico que construir infraestructura propia) el resultado de la regulación es que ese precio no se paga y los clientes obtienen peor calidad de servicio.

La segunda es que la expectativa de que los precios serán bajos (o al menos, la incertidumbre de qué precios finalmente regirán) inhibe la competencia de redes y los incentivos para aumentar cobertura en zonas donde otros ya operan.

2. El cambio normativo

Añadir el siguiente artículo a la Ley de Roaming Nacional:

No se requerirá Reglamento para las tarifas de Roaming Automático Nacional, así como tampoco la Subsecretaría deberá aprobar las tarifas que se cobren entre operadores por dichos servicios. Las diferencias entre concesionarias serán zanjadas por árbitros elegidos de común acuerdo, o en su defecto por designación del Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Santiago. En cualquier caso, el árbitro deberá resolver de modo que las tarifas que finalmente se obtengan, permitan una contribución equitativa de los costos de las redes ya construidas, que permiten ofrecer más cobertura a los competidores, y no sólo tráfico. Asimismo, estas tarifas deberán incentivar y remunerar adecuadamente a los operadores que quieran invertir y expandir su cobertura a nuevas zonas, o bajo proyectos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.

3. Qué se gana y qué se arriesga

Qué se gana

Incentivos para mejorar la calidad de servicio.

Qué se arriesga

Los operadores con menor cobertura tendrían que incurrir en mayores gastos, lo que presionaría sus costos y con ello sus tarifas.

Todavía no tenemos experiencia internacional ni estado de tramitación para esta propuesta. Si tienes información, escríbenos.

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