Pivotes
Constitución digital de sociedades de responsabilidad limitada de pequeña escala
Requiere leyConsenso probable

Extender el sistema de e-empresa para permitir la constitución digital de sociedad de responsabilidad limitada de hasta 5 socios y capital de hasta 1.200 UTM, sin necesidad de escritura pública ni concurrencia ante notario, con firma electrónica avanzada de cada socio.
1. El problema
La constitución de una sociedad de responsabilidad limitada requiere escritura pública ante notario, lo que implica un costo de varios cientos de miles de pesos y la presencia física de todos los socios, con el consiguiente gasto de tiempo. Aunque existe la e-empresa para las empresas individuales de responsabilidad limitada y para las sociedad por acciones simples, la sociedad de responsabilidad limitada—forma jurídica preferida por muchos micro y pequeños empresarios— queda excluida.
2. El cambio normativo
Reemplazar el inciso primero de la Ley 3.918 sobre sociedades de responsabilidad limitada por el siguiente:
Las sociedades con responsabilidad limitada de más cinco socios y/o capital superior a las 1.200 unidades tributarias mensuales, sean civiles o comerciales, se constituirán por escritura pública que contendrá, además de las enunciaciones que expresa el artículo 352 del Código de Comercio, la declaración de que la responsabilidad personal de los socios queda limitada a sus aportes o a la suma que a más de esto se indique. Las sociedades de hasta cinco socios y capital inferior a las 1.200 unidades tributarias mensuales podrán constituirse mediante la firma electrónica avanzada de cada socio conforme a las disposiciones de la Ley 19.799.
,Se requiere armonizar además la Ley 20.659 y la Ley 19.799 en este sentido.
3. Qué se gana y qué se arriesga
Qué se gana
Reducción del costo de constitución de sociedades a prácticamente cero, facilitando la formalización de microempresas y emprendimientos asociativos.
Qué se arriesga
Posible fraude o constitución de sociedades de fachada. Mitigable con verificación de identidad mediante firma electrónica avanzada y RUT definitivo sujeto a actividad real.
Todavía no tenemos experiencia internacional ni estado de tramitación para esta propuesta. Si tienes información, escríbenos.

